
Informe del Defensor del Pueblo de la Nación –
año 2001
Dejaremos los informes de la Auditoría General de
la Nación, aunque volveremos más adelante para incursionar
en el tema de los subsidios, para conocer ahora las actuaciones realizadas
por el Defensor del Pueblo que también ha tenido cosas para
decir sobre los ferrocarriles.
Eduardo Mondino es el Defensor del Pueblo, este informe está
fechado en mayo 2002 pero se refiere al año 2001, aquí
presentaremos sólo los capítulos relacionados a los
ferrocarriles y subterráneos.
En la sección relacionada a los Derechos de las personas incapacitadas
se menciona que:
“Esta Institución continuó interviniendo ante
la falta de accesibilidad al transporte ferroviario, toda vez que
persistieron los incumplimientos tanto del Concesionario (T.B.A.)
como de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte
(C.N.R.T.) con la anuencia de la Secretaría de Transporte de
la Nación (S.T.N.).”
“Si bien la Secretaría de Transporte de la Nación
asumió en reiteradas oportunidades el compromiso “formal”
de intervenir ante lo que reconoció como incumplimiento por
parte de Trenes de Buenos Aires S. A. a las instrucciones cursadas
por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte,
en el mes de mayo de 2001 quedó demostrada la situación
real y concreta: se inauguraron las obras de remodelación de
la Estación San Isidro, perteneciente al ramal Retiro-Tigre
de la línea ferroviaria Mitre, a pesar de los incumplimientos
legales denunciados, reconocidos y constatados.”
“Una vez más, esta Institución está en
condiciones de afirmar que la mayoría de los millones de personas
con discapacidad que habitan nuestro país (se estima un 10%
de habitantes con discapacidades permanentes y otro 10% con discapacidades
transitorias) viven socialmente excluidas por la falta de equiparación
de oportunidades que implica el incumplimiento de las leyes que amparan
sus derechos específicos.”
En tanto en otro capitulo se indican aquellas denuncias recibidas
de los usuarios durante el año 2001, las mismas pueden sintetizarse
de la siguiente manera:
· Cuestionamientos a las tarifas.
· Deficiente atención al usuario.
· Falta de seguridad
· Inadecuado estado de las unidades.
· Falta de capacidad operativa del Organo de Control (CNRT).
· Alteración de recorridos y eliminación de frecuencias.
· Deficiencias en la infraestructura de las estaciones ferroviarias.
· Falta de mantenimiento de vías, señalización
y sistema eléctrico.
· Emisión de boletos con un importe diferente a la tarifa
vigente.
Informe del Defensor del Pueblo de la Nación
– año 2002
Fechado en mayo de 2003, al igual que la comunicación
del año anterior insiste en que no se respetan los derechos
de las personas incapacitadas.
“La situación de las personas con discapacidad para acceder
al transporte público y consecuentemente ejercer otros derechos,
tales como educarse y trabajar, ha empeorado en el transcurso del
año 2002.”
También se señala la falta de respuesta por parte del
organismo de control:
“No sólo persistieron los reiterados incumplimientos
por parte de los Concesionarios de servicios ferroviarios y la falta
de contralor que debiera ejercer la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN
DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) sino que la SECRETARÍA DE TRANSPORTE
DE LA NACIÓN (S.T.N.), no cumplió con los compromisos
asumidos y dejó de responder ante las recomendaciones dictadas
por esta Institución.”
Las cuestiones que más frecuentemente fueron denunciadas por
los usuarios del sistema ferroviario durante el año 2002, se
refieren a los siguientes items:
· Deficiente atención al usuario.
· Falta de seguridad
· Inadecuado estado de las unidades.
· Falta de capacidad operativa del órgano de control
(CNRT).
· Alteración de recorridos y eliminación de frecuencias.
· Deficiencias en la infraestructura de las estaciones ferroviarias.
· Falta de mantenimiento de vías, señalización
y sistema eléctrico.
Pero el informe de este año avanza aún más, pues
en los días 26, 27 de marzo, 3 y 4 de abril de 2002, personal
de la Defensoría del Pueblo realizó una recorrida por
las estaciones de la línea Sarmiento (Once-Moreno) y por la
línea Roca (Ramal Constitución-Ezeiza), durante esta
inspección se tomaron fotografías y se efectuaron filmaciones
que constatan lo que a continuación se afirma:
Ninguna de las estaciones era accesible para personas con dificultades
motoras, la mayoría de los sanitarios carecía de higiene,
algunos estaban cerrados, tampoco se encontraban en condiciones los
que correspondían a personas discapacitadas, también
faltaba iluminación.
Las estaciones carecían de higiene y mantenimiento, en tanto
que el personal de seguridad se ocupaba exclusivamente del control
de ingreso y no de la seguridad de los pasajeros.
El estado de los vagones era lamentable, con ventanillas y asientos
rotos, carentes de limpieza, con algunas puertas clausuradas.
Para seguir con esta descripción por demás demostrativa,
digamos que el informe da el ejemplo de la estación Gerli donde
la sala de espera, se convirtió en baño en razón
que los mismos se encontraban clausurados.
En la estación Temperley los pasajeros debían subirse
al puente peatonal para saber en que andén arribaban las formaciones
de los distintos ramales.
En la estación Caballito se prolongó el andén
con una construcción improvisada.
El personal de la Defensoría entrevistó a varios usuarios
quienes señalaron que las deficiencias se vienen produciendo
desde la privatización, pero que se agravaron a partir de 1999,
viendo la situación desde la actualidad, la situación
aún pudo empeorar más a partir del 2002, cuando las
concesionarias comenzaron a retacear fondos para el mantenimiento
de estaciones, vagones, locomotoras y vías.
Decía la Defensoría acertadamente: “Las empresas
no pueden invocar como justificativo que la tarifa abonada por el
usuario sea insuficiente. Y esto es así porque los márgenes
brutos de explotación de las empresas en los últimos
años fueron positivos.”
Prestemos atención a la siguiente definición que realiza
la Defensoría sobre la actuación de las concesionarias:
“La realidad indica que la pésima prestación del
servicio público de transporte ferroviario se debe, principalmente,
a una manifiesta incapacidad de la dirigencia empresaria, con denuncias
penales por comprar y licitar muy por encima de los precios corrientes
de plaza, con contratos de obras públicas poco transparentes
y con mecanismos de negocios cruzados entre empresas vinculadas.”
Como puede apreciarse, todos los organismos que tienen por finalidad
controlar el papel de las compañías ferroviarias coinciden
con su papel nefasto para los intereses de los usuarios y el Estado
Nacional, sólo la CNRT y la Secretaría de Transporte,
parecen mirar para otro lado y no tomar debida nota de este descalabro
que afecta al patrimonio nacional.
El Defensor del Pueblo avanza sobre el tema de los subsidios, donde
el gobierno en el 2002 resolvió en una medida totalmente cuestionable
reconocerle un nuevo subsidio, además del que ya tenían
desde la privatización, esta vez se trataba de un subsidio
al gasoil.
“En esta economía en la cual no existen premios y castigos,
donde pareciera ser que todo se confunde en la mediocridad, los Ministerios
de Economía y de la Producción dictaron en las resoluciones
conjuntas oportunamente citadas que premian la injustificada mala
calidad del servicio ferroviario de pasajeros otorgándoles
un nuevo subsidio, utilizando para tales
fines los fondos de la Tasa sobre el Gasoil.”
Este nuevo subsidio es totalmente injustificable porque:
· Se premia la mala calidad en la prestación de un servicio
público.
· Se otorga un nuevo subsidio, sin que existan garantías
de que su utilización sea para lo efectivamente creado.
· Su implementación no está de acuerdo ni con
letra ni con el espíritu de la Ley 25.414 (fundamento del Decreto
976/01.
· Producen modificaciones sustanciales al régimen de
la concesión, el cual debe ser discutido y rediseñado
según lo establece la Ley Nº 25.561 y el Decreto Nº
293/02.”
Ya vimos la opinión de la Auditoría General de la Nación
que se manifestaba sobre el calamitoso estado de los ferrocarriles
y subterráneos, ahora se agregan las definiciones de la Defensoría
del Pueblo que son aún más lapidarias.
Informe del Defensor del Pueblo de la Nación
– año 2003
Este informe tiene una cuestión muy interesante, porque
la Defensoría hizo llegar a la Secretaría de Transporte
la recomendación para que tome las medidas apropiadas para
evitar que las líneas Transporte Metropolitano General San
Martín y Transporte Metropolitano General Roca continúen
violando los derechos fundamentales de las personas y del consumidor,
deteriorando el patrimonio nacional y violando sistemáticamente
los contratos de concesión.
Por supuesto que la Secretaría de Transporte a cargo de Ricardo
Jaime, hizo caso omiso a este informe, pero tal era la razón
que tenía el Defensor del Pueblo, que el gobierno debió
quitarle la concesión del San Martín al grupo Taselli,
en enero de 2005, y recién en mayo de 2007 le quitó
la concesión del Roca y el Belgrano Sur al mismo grupo, luego
de una queja generalizada de usuarios llevada a cabo en el hall de
la estación Constitución.
En el 2003 se realizaron relevamientos en la Línea San Martín
(Ramal Retiro-Pilar) y en la línea Roca (Ramal Constitución-Ezeiza),
advirtiendo que: “pueden extraerse algunas conclusiones que
resultan realmente lapidarias para las empresas y, por sobre todo,
para los usuarios que resultan los damnificados directos de esas precarias
condiciones”.
Algunas de las irregularidades detectadas durante la inspección
de la Defensoría son las siguientes.
· Las estaciones no parecerían haber sido concebidas
ni acondicionadas para que resulten accesibles a las personas con
dificultades motoras.
· Sobre los servicios sanitarios se indica que en la mayoría
de los casos pudo observarse una carencia total y absoluta de higiene.
En casi la totalidad de los baños, el acceso a los mismos puede
depender de la buena voluntad del empleado de la estación que
posea las llaves, o bien de que el presunto cuidador se encuentre
presente.
· Existe una falta de limpieza en general en las estaciones,
las que carecen además del mínimo mantenimiento.
· Las salas de espera de las estaciones no se encuentran en
buenas condiciones, agravándose sus efectos especialmente los
días de mucho frío o lluviosos.
· Merece destacarse que en varias estaciones, los pastizales
alcanzan alturas que dificultan o impiden visualizar las formaciones
en cruces claves.
· En algunos casos, el crecimiento desmesurado de arbustos
o árboles impide el acceso a los andenes.
Para el Ramal Retiro-Pilar la Defensoría señala deficiencias
tales como que para ingresar al baño de la estación
Pilar se debe abonar $0.25 en el de damas, en tanto que en el de caballeros
es a voluntad del usuario. No existen instalaciones para discapacitados.
También se aclara que en la mayoría de las estaciones
se exige el pago de una colaboración para el supuesto “encargado”,
como se puede apreciar la privatización menemista alcanzó
a todos los niveles. El informe afirma que estos “cuidadores”
no pertenecen a la empresa, pero no obstante nadie sabe a ciencia
cierta quienes los dotó de dicha autoridad, la concesionaria,
ni la CNRT parecen haber detectado esta irregularidad.
En la estación Astolfi los baños están sin terminar,
a las damas que solicitan las llaves se les exige la presentación
del DNI, no así a los caballeros que no pueden hacer uso del
mismo porque se encontraba clausurado.
Cabe destacar una situación, la Defensoría del Pueblo
detectó una larga serie de irregularidades a pesar haber realizado
su labor en pocos días, muchas de estas deficiencias nunca
fueron detectadas por la CNRT.
En la estación Derqui también existen estos ciudadores
de baños, en el caso del de damas la mujer a cargo no permite
la utilización de las instalaciones a aquellas personas que
no quieren o no pueden entregar la “colaboración”
obligatoria.
En la estación José C. Paz existen reiteradas quejas
de los usuarios porque la cantidad de comercios y puestos obstaculizan
el ingreso al andén.
El ramal Constitución Ezeiza ya había sido inspeccionado
en marzo y abril del 2002, y se volvió a controlar en octubre
del 2003. La Defensoría indica que no se pudieron detectar
mejorías luego de haber señalado las irregularidades
en el informe del 2002, el mismo fue remitido a la empresa, que por
lo visto no tomó ninguna medida tendiente a solucionar los
inconvenientes.
En cuanto a seguridad de los usuarios se recalca que la empresa sólo
muestra preocupación por controlar el ingreso de los usuarios,
o sea por controlar su recaudación, y no por verificar que
los usuarios realicen un viaje seguro.
En la estación Gerli la sala de espera continúa utilizándose
como baño, dado que los mismos se encuentran clausurados.
También estaban clausurados los baños de la estación
El Jaguel y no hay agua desde hacía unos tres meses.
En las conclusiones se señala: “Como corolario de las
condiciones detalladas en los párrafos precedentes, puede afirmarse
que la tarifa que abona el usuario no refleja una adecuada contraprestación
del servicio que utiliza. De tal asimetría el único
perjudicado, sin lugar a dudas, resulta ser el usuario.”
Es una interesante conclusión porque por el servicio que se
brinda al usuario, el boleto que paga, tal vez sea más que
suficiente no necesitando la empresa el pago de los cuantiosos subsidios
que el estado le otorga y que incrementa anualmente.

Informe del Defensor del Pueblo de la Nación
– año 2004
Con fecha de mayo de 2005, este informe efectúa un
resumen de las deficiencias del sistema ferroviario:
o Deficiente prestación del servicio.
o Falta de seguridad.
o Inadecuado estado de las unidades.
o Falta de capacidad operativa del Organo de Control (CNRT).
o Eliminación de frecuencias.
o Deficiencias en la infraestructura de las estaciones ferroviarias.
o Falta de mantenimiento de vías, señalización
y sistema eléctrico.
Ahora vamos a introducirnos en una parte de la actuación de
la Defensoría que nos muestra la actividad de un grupo que
hasta el momento no habíamos mencionado, es el grupo Loma Negra
que controla la empresa Cofesur, esta empresa tiene el 80% de las
acciones de Ferrosur Roca S.A. que es el operador ferroviario de cargas
de la línea que recorre el sur de la Provincia de Buenos Aires
y las provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquen .
El 1° de septiembre de 2004 se realizó una audiencia pública
con la concurrencia del Estado y la empresa Ferrosur Roca a los efectos
de renegociar el contrato de concesión.
Señala el informe que “Bajo el velo de la sistemática
aplicación de procesos sancionatorios, que si bien corresponde
a una de las funciones del Organismo de Control, no se da respuesta
ni solución alguna a los usuarios cuyos derechos se ven vulnerados
a raíz de los mentados incumplimientos ni se compensa económicamente
el daño ocasionado al patrimonio dado en concesión.”
“Tales incumplimientos se ven reflejados principalmente en lo
atinente a obras en vías y los consecuentes descarrilamientos”
A continuación se mencionan los problemas económicos
de la empresa, con inconvenientes de liquidez y elevado endeudamiento,
pero algunas de las deudas con empresas del mismo grupo Loma Negra.
La Defensoría detectó un irregular manejo de la empresa,
señala el informe: “En los ejercicios 2002/2004, con
posterioridad a la crisis, Ferrosur realizó pagos de intereses
netos a su controlante por un total de $3,9 millones. Esto es llamativo
debido a que la empresa no realizó pagos a las entidades financieras
por declararse en default, pero sí los hizo a su controlante”
Significativamente el informe continúa mostrando el comportamiento
por demás dudoso del grupo Loma Negra: “Como conclusión
se señaló que la ineficiente tarea del management de
Ferrosur Roca ha llevado a la empresa a una situación de iliquidez,
insolvencia, default y pérdida de valor de la empresa.”
Con respecto a la empresa controlante se señala que: “Loma
Negra no ha cumplido el papel de accionista, sino el de un acreedor
privilegiado.”
Malos negocios para el Estado pero jugosas ganancias para Loma Negra
El Defensor del Pueblo de la Nación, para continuar con el
contrato de concesión solicitó:
· El efectivo pago del Canon, con más los intereses
por mora. Si es por el método decompensación, en un
todo de acuerdo a la Ley.
· El efectivo pago de las multas y sanciones.
· Que se exija a la empresa la capitalización de los
actuales préstamos realizados por sus accionistas.
· Que se exija que los nuevos aportes sean efectuados a través
de incrementos del patrimonio neto.
· Que se exija el cumplimiento de ratios de liquidez y capitalización
acordes con una buena salud financiera (ratios de liquidez corriente
y de pasivo/patrimonio neto próximos a la unidad).
Otra muestra clara de los “beneficios” de las privatizaciones,
beneficios que sólo alcanzaron a los grupos económicos.
Informe del Defensor del Pueblo de la Nación
– año 2005
Fechado en mayo 2006, vuelve a plantear los principales problemas
denunciados por los usuarios de los ferrocarriles, la lista no cambia
demasiado con respecto a los años anteriores:
1.- Deficiente prestación del servicio.
2.- Falta de seguridad.
3.- Inadecuado estado de las unidades.
4.- Falta de control del Organo de Control (CNRT).
5.- Permanente suspensión de servicios.
6.- Deficiencias en la infraestructura de las estaciones ferroviarias.
7.- Falta de mantenimiento de vías, señalización
y sistema eléctrico.
Pero este año el informe tiene una novedad menciona todos aquellas
acciones judiciales presentadas por la Defensoría , nosotros
nos remitiremos a aquellas relacionas con el sistema ferroviario.
Contra Transportes Metropolitanos Gral. Roca y la Secretaría
de Transporte, Tribunal interviniente: Juzgado Nacional de 1º
Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 3, Secretaría
Nº 5.
Esta presentación tiene por finalidad que se condene a la empresa
Transporte Metropolitano General Roca a:
“brindar a los usuarios del servicio ferroviario explotado por
la empresa un servicio digno y eficiente en lo que se refiere a las
condiciones mínimas de seguridad e higiene, particularmente
en lo que hace al estado general de las estaciones, el estado de los
vagones para el uso de personas discapacitadas, de manera tal que
las prestaciones conformen las exigencias constitucionales que establecen
que los usuarios y consumidores tienen derecho a condiciones de trato
equitativo y digno y que las autoridades deben proveer a la protección
de esos derechos y a la calidad y eficiencia de los servicios públicos;
y a garantizar el normal desenvolvimiento y desplazamiento de las
personas discapacitadas en los accesos a los andenes de las estaciones
y a las formaciones y también dentro de ellos, dando cumplimiento
al mandato contenido en el artículo 75, inciso 23 de la Constitución
Nacional y a lo normado en la Ley Nº 24.314;”
y además al
“ESTADO NACIONAL - SECRETARIA DE TRANSPORTE para que ejecute
los controles y acciones necesarias para que la empresa codemandada
cumpla debidamente con las obligaciones emergentes del contrato de
concesión; como así también a que una vez que
se haga lugar a este amparo extreme los controles necesarios para
garantizar el efectivo acatamiento de la sentencia que se dicte en
autos.”
En el Estado del Trámite se señala que el Juzgado negó
la unificación contra todas las empresas concesionarias iniciadas
por la Defensoría del Pueblo de la Nación.
El 14/03/06 se acompañó nueva documental (fotos) dando
cuenta del deplorable servicio prestado por la concesionaria y se
solicitó urgente resolución del amparo incoado.
Contra Ferrovías S.A y Secretaría de Transporte
, Tribunal interviniente: Juzgado Nacional de 1º Instancia en
lo Contencioso Administrativo Federal Nº 11, Secretaría
Nº 21.
La presentación judicial se realizó con el objetivo
de condenar a la empresa Ferrovías : “A brindar a los
usuarios del servicio ferroviario explotado por la empresa un servicio
digno y eficiente en lo que se refiere a las condiciones mínimas
de seguridad e higiene, particularmente en lo que hace al estado general
de las estaciones, el estado de los vagones para el uso de personas
discapacitadas, de manera tal que las prestaciones conformen las exigencias
constitucionales que establecen que los usuarios y consumidores tienen
derecho a condiciones de trato equitativo y digno y que las autoridades
deben proveer a la protección de esos derechos y a la calidad
y eficiencia de los servicios públicos, y, a garantizar el
normal desenvolvimiento y desplazamiento de las personas discapacitadas
en los accesos a los andenes de las estaciones y a las formaciones
y también dentro de ellos, dando cumplimiento al mandato contenido
en el artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional
y a lo normado en la Ley Nº 24.314;”
Y además solicita que al Estado Nacional a través de
la Secretaría de Transporte, se la intime para que “ejecute
los controles y acciones necesarias para que la empresa codemandada
cumpla debidamente con las obligaciones emergentes del contrato de
concesión; como así también a que una vez que
se haga lugar a este amparo extreme los controles necesarios para
garantizar el efectivo acatamiento de la sentencia que se dicte en
autos.”
Presentación judicial contra TBA y la Secretaría
de Transporte, el tribunal interviniente es el Juzgado Nacional de
1º Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº
2, Secretaría Nº 3.
Solicita se condene a la empresa Trenes de Buenos Aires a:
“brindar a los usuarios del servicio ferroviario explotado por
la empresa un servicio digno y eficiente en lo que se refiere a las
condiciones mínimas de seguridad e higiene, particularmente
en lo que hace al estado general de las estaciones, el estado de los
vagones para el uso de personas discapacitadas, de manera tal que
las prestaciones conformen las exigencias constitucionales que establecen
que los usuarios y consumidores tienen derecho a condiciones de trato
equitativo y digno y que las autoridades deben proveer a la protección
de esos derechos y a la
calidad y eficiencia de los servicios públicos, y, a garantizar
el normal desenvolvimiento y desplazamiento de las personas discapacitadas
en los accesos a los andenes de las estaciones y a las formaciones
y también dentro de ellos, dando cumplimiento al mandato contenido
en el artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional
y a lo normado en la Ley Nº 24.314”
De la misma manera se obligue a la Secretaría de Transporte
“para que ejecute los controles y acciones necesarias para que
la empresa codemandada cumpla debidamente con las obligaciones emergentes
del contrato de concesión; como así también a
que una vez que se haga lugar a este amparo extreme los controles
necesarios para garantizar el efectivo
acatamiento de la sentencia que se dicte en autos.”
El 14 de marzo de 2006 la Defensoría presentó ante el
juzgado, fotos que comprobaban fehacientemente el deplorable servicio
brindado por la empresa, además de solicitar una pronta resolución.
Contra la línea San Martín y la Secretaría
de Transporte, el tribunal interviniente es el Juzgado Nacional de
1º Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº
12,Secretaría Nº 23.
La presentación busca se condene a la empresa UGOFE,
administradora de la Línea San Martín a: “A brindar
a los usuarios del servicio ferroviario explotado por la empresa un
servicio digno y eficiente en lo que se refiere a las condiciones
mínimas de seguridad e higiene, particularmente en lo que hace
al estado general de las estaciones, el estado de los vagones para
el uso de personas discapacitadas, de manera tal que las prestaciones
conformen las exigencias constitucionales que establecen que los usuarios
y consumidores tienen derecho a condiciones de trato equitativo y
digno y que las autoridades deben proveer a la protección de
esos derechos y a la calidad y eficiencia de los servicios públicos,
y, a garantizar el normal desenvolvimiento y desplazamiento de las
personas discapacitadas en los accesos a los andenes de las estaciones
y a las formaciones y también dentro de ellos, dando cumplimiento
al mandato contenido en el artículo 75, inciso 23 de la Constitución
Nacional y a lo normado en la Ley Nº 24.314”
A su vez solicita que se obligue a la Secretaría de Transporte
para que : “ejecute los controles y acciones necesarias para
que la empresa codemandada cumpla debidamente con las obligaciones
emergentes del contrato de concesión; como así también
a que una vez que se haga lugar a este amparo extreme los controles
necesarios para garantizar el efectivo acatamiento de la sentencia
que se dicte en autos.”
Luego de haber presentado año tras año, informes sobre
las serias deficiencias en los ferrocarriles privatizados y ver la
falta de respuesta de los concesionarios y la pasividad de la CNRT
y la Secretaría de Transporte, el defensor del Pueblo recurrió
a la justicia para tratar de dar una solución a los usuarios.
Nótese que la presentación tiene dos destinatarios las
empresas y al Estado, a través de la Secretaría de Transporte,
lo cual verifica algo que nos cansamos de remarcar, la impunidad de
las empresas por la complicidad de la Secretaría de Transporte
que las apaña.
Otra cuestión interesante es ver que se señalan las
deficiencias de la UGOFE, a la cual se le acaba de entregar dos nuevas
líneas Belgrano Sur y Roca, traspaso que fue presentado por
el gobierno de Kirchner como una re-estatización.

Demanda presentada por el Defensor del Pueblo
– año 2005
Luego de haber bregado durante un largo tiempo por el mejoramiento
del servicio de los ferrocarriles, el Defensor del Pueblo presentó
una demanda judicial ante el Juzgado Contencioso Administrativo Federal
Nro. 3, el 28 de julio de 2005.
En la presentación se señala que los concesionarios
están afectando los Derechos Humanos de los usuarios, cosa
que realizan diariamente sin que los funcionarios se inmuten, ni den
una respuesta adecuada.
Dice el informe: “Los usuarios del servicio ferroviario de pasajeros
del área metropolitana, especialmente los que utilizan los
servicios de los ramales: CONSTITUCION - EZEIZA, CONSTITUCION - LA
PLATA, ONCE - MORENO, RETIRO -PILAR, ven cotidianamente afectados
sus derechos fundamentales, en atención a las condiciones indignas
en que son transportados. Sumado a ello, el estado en el que se encuentran
las estaciones, con imposibilidad de acceso para personas discapacitadas
o sanitarios inutilizables.”
La Defensoría señala minuciosamente las leyes que son
infringidas por el accionar irresponsable de las empresas, en ese
sentido indica que se está desconociendo el Artículo
42 de la Constitución Nacional que especifica los derechos
de usuarios y consumidores.
También en el Pliego de Bases y Condiciones de la concesión
de subtes y trenes se establecía que constituía un principio
rector del servicio mantener las condiciones adecuadas de limpieza
en estaciones y vagones.
Los contratos de concesión indicaban, sin lugar a dudas, que
el objetivo de la privatización era brindar un mejor servicio
que fuera eficiente, confiable y seguro, además establecía
que las empresas debían realizar el mantenimiento de los bienes
muebles e inmuebles y especificaba las obras de inversión que
debía realizar.
También la Emergencia Ferroviaria establecida por el decreto
2075/02 suspendió las obras que no se hubieran iniciado, a
su vez las concesionarias debían presentar nuevos Planes de
Inversiones para garantizar el servicio.
Las resoluciones N° 62/2002 y 11/2002 establecían el pago
de los subsidios de explotación para los concesionarios, pero
para cobrar los subsidios debían cumplir con las siguientes
condiciones:
* Mantener o mejorar los programas de seguridad operativa y mantenimiento
de los servicios ferroviarios, de superficie y subterráneos,
que se prestan a la fecha.
* Realizar el mantenimiento inherente al efectivo mejoramiento de
las condiciones de confort para el usuario, en particular, en lo relativo
al interior de coches y estaciones.
*Tomar a su cargo las erogaciones correspondientes a los servicios
de policía adicional, en todo el ámbito de la Red Ferroviaria
Metropolitana concesionada de acuerdo a los requerimientos que para
cada Grupo de Servicios se establecieron normativa o contractualmente,
o los que, de acuerdo a las necesidades del sistema, fijare la SECRETARIA
DE TRANSPORTE.
* Renunciar a la interposición de cualquier reclamo administrativo
o judicial vinculado a la falta de ejecución de las obras e
inversiones cuya financiación se encontraba prevista a través
de los fondos provenientes del incremento tarifario dispuesto para
regir a partir del 1º de enero de 2002 y cuya aplicación
fuera suspendida por la Resolución Nº 9/2001 de la SECRETARIA
DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.
* Renunciar a la interposición de cualquier reclamo administrativo
o judicial que se vincule al pago de los subsidios operativos, respecto
de la eventual demora en la percepción de ese concepto, siempre
y cuando se perciban los correspondientes a los meses de mayo a diciembre
de 2002.
Todas las leyes y resoluciones anteriormente indicadas, decía
la Defensoría, tenían por finalidad un mejoramiento
del servicio, ninguna de ellas, aún las que reconocen las dificultades
del país, autorizaban a las concesionarias a prestar un servicio
deficitario, que fue lo que ocurrió sistemáticamente,
todos los incentivos tendientes a que las empresas efectuaran un esfuerzo
para mejorar el servicio estuvieron destinadas al fracaso, cuando
mayor era el subsidio peor era el servicio, esta fue la ley que persistió
desde la privatización hasta la actualidad.
Señala el Defensor del Pueblo: “Es importante destacar
que los incumplimientos generados no sólo violan lo pactado
contractualmente, sino que además atentan contra los derechos
fundamentales a la vida, a la propiedad y al trabajo de los usuarios.”
Y agrega: “Conocidos son los graves accidentes ocurridos que
costaron la vida de varios pasajeros, sumado a ello la impuntualidad
en los servicios programados provoca llegadas tarde a los trabajos,
con pérdidas de premios al presentismo y hasta en algunos casos
generando despidos”
“No puede entonces el Estado desconocer que se están
afectando derechos y garantías reconocidos en la CONSTITUCION
NACIONAL, los que se encuentran por encima de los intereses económicos
patrimoniales de las concesionarias y del Estado Nacional.”
La Defensoría realizó inspecciones en la línea
Sarmiento, ramal Once-Moreno, sobre la Línea Roca, ramales
Constitución-Ezeiza y Constitución-La Plata y sobre
el Ramal Retiro-Pilar y Retiro- José C.Paz en manos del Estado
operado por la Unión de Gestión Operativa (UGOFE) conformada
por Ferrovías, Metrovías y TBA., el objetivo era constatar
si los subsidios eran destinados a los fines establecidos por la normativa
vigente es decir mejorar la calidad del servicio.
EL personal a cargo de la inspección tomó fotografías
y realizó filmaciones, y se desarrollaron en las siguientes
fechas: 26 y 27 de marzo de 2002, la segunda etapa se llevó
a cabo los días 25 y 30 de junio de 2004, la tercera se realizó
los días 24 y 27 de septiembre de 2004, la cuarta se efectuó
los días 9,10,11 y 12 de mayo de 2005 y la última los
días 20 y 21 de julio también del corriente año
2005.
La primera impresión del informe es el siguiente: “Previo
a adentrarnos en el análisis pormenorizado de las inspecciones
realizadas, corresponde adelantar que lejos de advertirse mejoras
entre la primera y la última de las recorridas, tanto las instalaciones
como el servicio en sí mismo decayeron de manera progresiva
y sostenida.”
De las inspecciones efectuadas quedó claro que todas la estaciones
tienen un diseño que dificulta el acceso de personas con dificultades
motoras, y aún cuando existieron estaciones refaccionadas como
en el caso de Floresta, en la misma no se construyeron rampas, sí
cuenta con dos ascensores pero que no funcionaban al momento de una
de las inspecciones, en otra, realiza tiempo después se constató
que uno funcionaba pero que tenía la puerta enrejada y con
candado.
La mayoría de los baños se encuentran a cargo de personas
que no están vinculadas con las empresas, los días en
que los “encargados” no concurren, los baños se
encuentran cerrados al público.
El personal de seguridad de la empresa TBA tienen por único
fin controlar que los pasajeros cuenten con el correspondiente boleto,
no brindan ningún tipo de servicio a los clientes, despreocupándose
por la seguridad de los mismos.
Por su parte, en el ramal Constitución-Ezeiza de la línea
Roca se han cerrado accesos alternativos a las estaciones, privilegiando
el control de acceso a las estaciones y no la seguridad previendo
una posible evacuación de emergencia.
La empresa de esta línea simplemente hace como si no existieran
personas con movilidad reducida, señalando textualmente en
el informe:”Todo lo expuesto resulta claramente violatorio de
las disposiciones de la Ley N° 24.314 relativa a la accesibilidad
de las personas con movilidad reducida, modificatoria de la Ley N°
22.431 que establece el Sistema de Protección Integral de los
Discapacitados.”
En el ramal Constitución- La Plata muchos de los baños
se encontraban cerrados y que las estaciones presentan serias dificultades
para madres con cochecitos y personas en sillas de ruedas, también
se cerraron accesos alternativos dándoles a algunas estaciones
el aspecto de jaulas o prisiones lo que haría dificultosa cualquier
evacuación.
En tanto en el ramal Retiro-Pilar de la línea San Martín,
la gente viaja hacinada y en muchos casos en los estribos, poniendo
permanentemente en riesgo sus vidas. En enero del 2005 esta empresa
había pasado a manos de la Unidad de Gestión Operativa
Ferroviaria de Emergencia (UGOFE), sin que se hayan subsanado los
problemas que justificaron la quita de la concesión al grupo
Taselli.
El Defensor del Pueblo señala que no existe evidencia de trabajos
de mantenimiento en ninguna de las estaciones inspeccionadas, como
tampoco en las formaciones.
Una de las conclusiones a la que llega el informe es la siguiente:
“Las observaciones que surgen de los Informes de las inspecciones
realizadas, desde la inicial hasta la practicada los días 20
y 21 del mes de julio próximo pasado, obligan a cuestionarnos
seriamente cómo puede justificarse que los usuarios tengan
que resignarse a soportar las pésimas condiciones en las que
se les presta el servicio, mientras la empresa continúa percibiendo
los ingresos provenientes de los subsidios del Estado Nacional, y
de la venta de boletos que los pasajeros deben abonar a pesar de no
recibir una contraprestación adecuada.”
Por supuesto que el tema de los subsidios es uno de los aspectos fundamentales
del problema de los ferrocarriles y los subterráneos, ya en
junio del 2002 la Defensoría del Pueblo había solicitado
al Ministerio de Economía que se abstenga de pagar el subsidio
sobre la tasa de gasoil a las concesionarias ferroviarias, en virtud
que ese pago significaría un premio por el mal servicio que
prestaban, y que además este nuevo subsidio no aseguraba un
mejoramiento del servicio, como posteriormente pudo constatarse, y
que iba contra el espíritu de la ley que establecía
el subsidio y que producía una modificación importante
del Contrato de Concesión.
Todas las irregularidades que fueron remarcadas por los informes de
la Defensoría se vienen constatando desde el inicio de las
privatizaciones, pero se vieron agravadas desde el año 1999,
acotando que por el servicio que se le brinda a los usuarios debía
ser más que suficientes las tarifas vigentes no justificándose
ningún nuevo subsidio.
Decía la Defensoría: “La realidad indicaba que
la pésima prestación del servicio público de
transporte ferroviario encontraba fundamento en la manifiesta incapacidad
de la dirigencia empresaria, con denuncias penales por comprar y licitar
muy por encima de los precios corrientes de plaza, con contratos de
obras públicas poco transparentes, con mecanismos de negocios
cruzados entre empresas vinculadas”
A pesar de la posición de la Defensoría en el 2002,
el Ministerio de Economía y el de la Producción decidieron
premiar a la concesionarias con un nuevo subsidio. Cabe aclarar que
el presidente de la Nación era Duhalde y que el Ministro de
Economía
era Lavagna, quién recientemente ha cuestionado la política
ferroviaria, de la cual él también fue responsable directo.
Ya en octubre de 2003, con Kirchner como presidente, luego de agravarse
la situación con algunos accidentes fatales, se solicitó
a la Secretaría de Transporte, para que solicite a la empresa
Transporte Metropolitano, concesionaria de las líneas San Martín
y Roca, que dejen de violar los derechos de las personas y de los
consumidores, deje de deteriorar el patrimonio nacional y termine
de violar sistemáticamente los Contratos de Concesión.
El Defensor del Pueblo se preguntaba cómo era posible que la
CNRT y la Secretaría de Transporte permitieran que las compañías
cobraran cuantiosos subsidios que en ese momento estimaba en 374 millones
de pesos anuales sin comprobar si esos subsidios eran destinados a
mejorar el servicio.
Se pregunta el Informe: “Porqué el Estado no rescindió
los contratos en el momento de declarar las empresas en convocatoria
de acreedores? “ Se refiere a la empresa Transporte Metropolitano.
La Defensoría se responde: “El Estado entonces, por omisión,
fue cómplice de esta situación”
Para rematar contundentemente: “El pago de los subsidios por
parte de la Secretaría al Grupo, denota que, a pesar de la
deficiente prestación del servicio, no tenía voluntad
de rescindir los contratos, y esta es la interpretación lógica
que realiza el Juez del Concurso, cuando afirma que el Estado no sólo
no opta por ejercer su facultad de resolver el contrato, sino que
exterioriza su voluntad de continuarlo (pago de subsidios) y las partes
en los hechos lo continúan sin ninguna objeción del
Tribunal.”
Huelgan las palabras, el Defensor del Pueblo se encargó de
poner la situación en su justo punto.
Pero aún hay más, indicando un tema de gran importancia,
cuando el Estado decidió rescindir el contrato de Transporte
Metropolitano de la línea San Martín por el pésimo
e inseguro servicio que brindaba, sorprendentemente le permitió
continuar administrando con la misma incapacidad la línea Roca,
esto se revirtió recién en mayo de 2007 cuando luego
de una protesta de usuarios en Constitución se decidió
quitarle la concesión de esta línea al grupo Taselli.
Como para que no quepa duda sobre la complicidad manifiesta de la
Secretaría de Transporte en todo este desastre remarquemos
otro párrafo:”La falta de autoridad de la Secretaría
de Transporte, para ejercer el control jurídico, económico
y de calidad y eficiencia del servicio no ha sido neutra. A esta situación
se llegó por la incapacidad manifiesta del directorio del Grupo
y por la acción y omisión de los funcionarios de la
Secretaría de Transporte de la Nación.”
La conclusión del informe es muy sencillo las concesionarias
han violado sistemáticamente todas las normas y leyes que se
mencionaron al principio del documento, y nada de eso hubiera sido
posible sin la colaboración de la Secretaría de Transporte.

Las mentiras de la CNRT y la Secretaría
de Transporte
En un artículo firmado por Marcelo Zlotogwiazda aparecido
en el diario Página 12, el 25 de mayo de 2007, se hace referencia
a la respuesta de la Secretaría de Transporte a la denuncia
realizada por el Defensor del Pueblo, Eduardo Mondino, que comentamos
extensamente el apartado anterior.
La CNRT, mediante el abogado Manuel Cáceres, se presentó
en febrero de 2006 ante el juzgado donde estaba radicada la denuncia
para afirmar lo siguiente:
- “Niego que las instalaciones y el servicio hubieran decaído
de manera progresiva y sostenida”.
-“Niego que la totalidad de las estaciones no proporcionen las
condiciones mínimas de accesibilidad para personas discapacitadas”.
- “Niego que las máquinas expendedoras de boletos tengan
mal funcionamiento”.
- “Niego que todos los servicios sanitarios carezcan de higiene
o iluminación”.
- “Niego que las estaciones carezcan de limpieza y mantenimiento,
y que posean escasa señalización”.
- “Niego que el personal de seguridad existente se encuentre
abocado exclusivamente al control de ingreso y egreso de pasajeros”.
- “Niego que el estado de los vagones sea deficiente, que posea
ventanillas y asientos rotos, y con falta absoluta de limpieza”.
Para justificar la actividad desplegada de la CNRT se hacía
mención a las abultadas multas aplicadas al concesionario,
por supuesto nada decía, que por lo general las empresas no
pagan las multas a la espera de un perdón estatal como ocurrió
en el 2002 con la Emergencia Ferroviaria.
Por supuesto que todo lo señalado por la CNRT no deja de ser
un rosario de mentiras, dado que las denuncias de la Defensoría
del Pueblo fueron acompañadas por fotografías y filmaciones
que muestran el desastroso estado de las instalaciones, vagones, baños,
etc.
Además todo lo señalado por el Defensor del Pueblo de
encuentra avalado por las inspecciones también efectuadas por
la Auditoría General de la Nación que llegó a
idénticas conclusiones.
Pero lo que es más importante, lo denunciado por el Defensor
del Pueblo coincide con la opinión de miles de usuarios de
los trenes de la línea Roca que son coincidentes con la presentación
judicial efectuada en julio de 2005.
Además las mentiras de la CNRT quedan en evidencia porque el
decreto que rescindía el contrato de las líneas Roca
y Belgrano Sur afirmaba que “se han verificado incumplimientos
graves y reiterados en las obligaciones a cargo del concesionario,
que han dado lugar a la aplicación de numerosas sanciones por
parte de la autoridad de aplicación, que se detallan en el
informe de la CNRT de fechas 16 y 18 de mayo de 2007”.
No se conoce que la rescisión del contrato al grupo Taselli,
haya sido acompañado de la correspondiente sanción a
los responsables de controlar el servicio en las líneas afectadas.
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